viernes, 16 de noviembre de 2007
COMO NOS AFECTARA LA REFORMA (III ENTREGA)
Publicado por Globovisión.
Cómo afecta la modificación del artículo de los estados de excepción? (Parte 2)
Derecho a la Información no es sólo lo que usted escucha por radio o ve por televisión. Informarse es también conocer lo que le rodea.
En un estado de excepción otro y no usted, según la reforma, podrá decidir cómo, cuándo y por qué vía obtiene información.
Es que con el cambio propuesto del artículo 337 de nuestra Constitución, son eliminadas garantías fundamentales que usted tiene actualmente aun en situaciones extraordinarias o extremadamente graves para la nación.
Con la reforma además de: desaparecer el derecho al debido proceso y desaparece otro también muy importante: el derecho a la información.
¿Qué significa en la práctica perder ese derecho? ¿Qué representaría para usted no estar informado en una situación de riesgo? Imagínese que se presenta en el país nuevamente; una catástrofe natural como la Tragedia de Vargas ¿qué sería lo primero que haría? ¿Buscar información? ¿Cómo se enteraría de la salud de sus seres queridos? ¿Cómo tomaría las decisiones como salir o no salir de su casa?
En momentos como esos, la información oportuna, plural y constante es fundamental. Para tomar cualquier decisión en la vida se necesita de información. Desde cómo o cuál carretera tomar para resguardarse o huir ante un peligro inminente, hasta formular una denuncia o expresar una necesidad que debe ser escuchada a tiempo.
De ocurrir algo así, o presentarse una situación política o económica grave, si el Estado así lo considera, podría decretar la excepción. ¿Cómo podría usted contrastar versiones, si la información proviene de un sólo lugar, del Estado?
¿Cree que conoceríamos de las violaciones o tratamientos inadecuados por parte de funcionarios del Estado? No crea que sólo los medios de comunicación públicos y privados, serán censurados y pasaran por un filtro para decidir qué se transmite o no.
¿Cuánto podría tardar recuperar esos derechos tan importantes y que defienden tan celosamente hasta nuestra legislación, además de tratados y convenios internacionales? “Hasta que desaparezcan las causas que lo motivaron”
¿Quién decide si las causas son validas? Solo el Estado tiene la potestad. ¿Se imagina estar indefinidamente sin poder informarse libremente, por la vía que usted decida?
La Constitución vigente en un estado de excepción, jamás le quitaría ese derecho, si se aprueba la reforma, sí estaría eliminado.
¿Cómo afecta la modificación de la jornada laboral a 6 horas?
La Constitución vigente establece que la jornada laboral es de ocho horas diarias. La reforma, plantea reducirla a seis.
¿Es realmente necesario para ello una modificación a la Constitución actual?
Esta medida, de llevar a 6 horas de trabajo la jornada diaria laboral podría aplicarse con la normativa vigente con la sola decisión del propio Presidente de la República, a través de un decreto oficial.
¿Entonces por qué esperar una reforma constitucional para ello, sobre todo cuando la medida no proyecta ejecutarse en forma inmediata?
La reducción de las horas diarias de trabajo no será inmediata, sino progresiva y según el Ministro del Trabajo, podría concretarse incluso dentro de 3 años.
Pero, ¿acortar esas horas de trabajo le da a usted algún beneficio? ¿Qué podría significar en la práctica para usted y para su ingreso mensual?
No facilitará mucho el tener más de un trabajo a la vez. Esta posibilidad está limitada ya que dos trabajos, en el sector formal, le sumarían más de las horas diarias y semanales requeridas legalmente.
Por Constitución, esas horitas extras, voluntarias, con las que usted se redondeaba la quincena, quizás se verán reducidas.
¿Por qué?
De aprobarse la reforma una empresa tendrá que resolver entre estas dos opciones: producir menos o aumentar los costos de producción.
Por ejemplo, una empresa de harina o jugos tiene 20 trabajadores y para sacar su producción necesita 18 horas continuas.
De aprobarse la reforma, reduciendo a 6 horas la jornada laboral, ésta se verá en la necesidad de contratar otros trabajadores adicionales para cubrir su meta de producción. Seguramente, encarecerán sus costos operativos y al final ese jugo o harina, costara también más caro afectando al consumidor final, es decir a usted y a su vecino.
¿Qué pasará además al aumentar la nómina? ¿Qué pasaría con los aumentos, los bonos? ¿Qué harán los trabajadores en su tiempo libre?
La ley establece a través de la reducción de la jornada laboral, que el Estado promoverá los mecanismos para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio de la educación, formación integral, desarrollo humano, físico, espiritual, moral, cultural y técnico en trabajadores y trabajadoras, de acuerdo a la ley respectiva.
El Ministerio del Trabajo, en su página web, resalta los beneficios que se obtendrían al modificarse la jornada laboral. Se tendría más tiempo libre para:
Educación política.
Desarrollo cultural
Práctica del turismo social y la recreación
Práctica del Deporte.
Capacitación técnica.
Participación política y social
Convivencia familiar
Fomento del Descanso
Promoción de la Salud.
Trabajo Voluntario
Participación comunitaria
Destaca en primer lugar el tener más tiempo libre para dedicarlo a la educación política y en séptimo lugar a la convivencia familiar.
Además, según el Ministerio de Comunicación e Información, reducir el número de horas de los trabajadores permitirá tener más tiempo libre para “construir el socialismo”.
Entonces, ¿estudio del socialismo o trabajo social?
ASI TE AFECTA LA REFORMA (ACTIVIDAD ECONOMICA)
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